Esta semana el Tribunal Supremo denegó el asilo en España a un ciudadano iraní que alegaba haber sufrido persecución en su país debido a su homosexualidad para reconocerle la condición de refugiado. Las razones de esta denegación se deben a que el iraní no pudo aportar indicios de los que puedan “deducirse razonablemente” esas afirmaciones y haber incurrido en numerosas contradicciones en su relato de los hechos y en la forma de llegar a España.
La Sala de lo Penal finalmente desestimó el recurso que interpuso Mostafá O. porque «no ha aportado indicios de los que pueda razonablemente deducirse, en este caso, que sea homosexual y sufra persecución por ello en Irán y en consecuencia pudiera concedérsele autorización de permanencia en España». El Supremo confirmó así la resolución dictada en noviembre de 2009 por el Ministerio del Interior que se oponía a concederle el asilo.
La sentencia dictaminó que no es creíble que -de ser homosexual- no tuviera problemas serios en el ejército y por tanto debió relatarlos en su primera declaración o en la entrevista de solicitud de asilo y no lo hizo. Además, el Supremo señala que pudo haber pedido el asilo alegando esa persecución por su orientación sexual en otros países en los que estuvo antes de venir a España, como Venezuela. Por tanto, el Alto Tribunal establece que no procede conceder el asilo al demandante ni por su orientación sexual ni por razones de índole humanitario.
Más información – NORUEGA: Deniegan asilo a refugiado musulmán homosexual
Fuente – El País
Foto – Wikia