Justicia Española reconoce a pareja gay prestación por nacimiento

TSJM prestación paternidad

Esta semana, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Madrid (TSJM) ha reconocido el derecho de un padre, Juan Francisco C.C., progenitor de una niña concebida mediante maternidad subrogada en los EE.UU. (práctica no legal aún en España), el derecho a percibir la prestación por paternidad. El tribunal le ha dado la razón al padre de la pareja homosexual, admitiendo un recurso de suplicación contra una sentencia anterior, que era favorable a la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a los que demandó originalmente. El estado debe pagarle a la pareja el dinero correspondiente, una cantidad con «una base reguladora de unos 2.500 euros».

El peregrinaje judicial se comenzó a principios de febrero, cuando su hija Manuela nació en San Diego (California), que constó tanto en el certificado médico como en el certificado registral del Estado de California como hija de Juan Francisco y Antonio José, su marido. El consulado español le denegó la inscripción de la menor en su registro en un primer momento, pero luego, a mediados de 2011, fue finalmente inscrita «haciendo constar el Cónsul General que donde dice ‘padre’ debe decir ‘progenitor A’ y donde dice ‘madre’ debe decir ‘progenitor B'», según dicta la sentencia.

Por entonces Juan Francisco solicitó la correspondiente prestación por maternidad al Instituto Nacional de la Seguridad Social, pero le fue denegada dos veces. Luego de recurrir nuevamente, se dictó el fallo a su favor. La pareja comentó sobre el asunto: «Estamos muy contentos. Es una victoria para todos. Muchas parejas en la misma situación que nosotros acudirán ahora a los tribunales para reclamar sus derechos».

Más información – Parlamento suizo da un paso por la adopción por parte de homosexuales
Fuente – Europa Press
Foto – Europa Press


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