Singapur mantiene la constitucionalidad de sus leyes homófobas

Singapur LGBT

El pasado 29 de octubre, la comunidad LGBT de Singapur (sudeste de Asia) recibió un fuerte revés al conocer el dictamen del Tribunal de Apelaciones, que determinó que la penalización de las relaciones entre personas del mismo sexo tiene aval constitucional. Este alto tribunal decidió que la sección 377-A del Código Penal de Singapur, que tipifica como delito las relaciones sexuales entre dos hombres, se ajusta a la Constitución de esta ciudad-estado, dejando su posible derogación en manos del legislativo a partir de ahora.

Este dictamen fue emitido en respuesta a dos apelaciones presentadas por tres hombres quienes denunciaban que esta norma discriminatoria infringía los derechos de los ciudadanos de manera directa. Finalmente el Tribunal de Apelación ha rechazado ambas demandas, argumentando que la sección 377-A no viola el derecho a la vida y la libertad recogido en la Constitución de Singapur, porque este artículo se refiere a la protección frente al encarcelamiento ilegal y no al derecho a la privacidad y la autonomía personal.

En cuanto a la no discriminación de los ciudadanos homosexuales de Singapur, según el juez, las categorías de género, sexo y orientación sexual no se encuentran protegidas por la Carta Magna, a diferencia de la religión, la raza o el lugar de nacimiento.


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